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En Esguince Cervical te damos toda la información que necesitas sobre el esguince cervical. No sólo sobre la lesión y los tratamientos. También toda la información legal por si quieres reclamar una indemnización si has tenido un accidente de tráfico con un latigazo cervical.

Baremo de Accidentes

Baremo de accidentes de trafico



¿Qué es el Baremo de accidentes de tráfico?

Un baremo es un cuadro o tabla que recoge cantidades o cifras para evaluar distintas cosas, en el caso de los accidentes de tráfico, el baremo recoge las cuantías de las indemnizaciones y los elementos que las modifican, al alza o a la baja.

El Baremo es el documento que las aseguradoras, por un lado, y los abogados de accidentes, por otro, utilizan para calcular las indemnizaciones por accidentes de circulación, y, esto es importante, aunque pudiera parecer que todo está escrito y que es tan sencillo como hacer un cálculo, la realidad no es así, y las cuantía final de una indemnización puede variar enormemente de lo que nos calcule la aseguradora que nos corresponde con lo que luego, realmente, nos corresponderá conforme al cálculo real realizado por un abogado especializado...


Actualmente se aplica la Resolución de 20 de marzo de 2019, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Cada año, estas cuantías se actualizan conforme al  artículo 49 del texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en laCirculación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre (en adelante LRCSCVM), establece en su apartado 1 que las cuantías y límites indemnizatorios fijados en dicha Ley y en aquellas de sus tablas que no estén regidas por un regla especial según el apartado 2 de dicho precepto, quedan automáticamente actualizadas, con efecto a 1 de enero de cada año, en el porcentaje del índice de
revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Baremo accidentes 2023 para esguince cervical

Tras la última actualización de las pensiones para el año 2023, incrementadas notablemente al estar referidas al IPC, es decir, a la inflación, las cuantías diarias a percibir en concepto de indemnización por accidente de tráfico, en concreto, estas han subido un 8,50%, quedando del siguiente modo (puedes compararlas con las de años anteriores y verás que la subida de las indemnizaciones los dos últimos años ha sido realmente importante.

Estas son las indemnizaciones diarias 2023:

Daños causados a la víctima del accidente Año 2023

Perjuicio particular muy grave 119,02 €
Perjuicio particular grave 89,27 €
Perjuicio particular moderado 61,89 €
Perjuicio personal básico 35,71 €

Baremo accidentes 2022 para calcular de tu indemnización

En este año 2022, las indemnizaciones por accidente de tráfico, se revalorizan un 2,5%, este afecta a la indemnización diaria a percibir y, claro esta, al resto de conceptos indemnizatorios contenidos en el baremo de accidentes de circulación. Como siempre, te recordamos que estas cantidades pueden incrementarse notablemente con el resto de tablas del baremo accidentes, así que no dejes de consultar a un abogado para accidentes de tráfico antes de aceptar cualquier oferta por parte de vuestra aseguradora. La diferencia entre cobrar 600 € o 3000 € por un latigazo cervical puede estar en ese detalle...

Estas son las indemnizaciones diarias 2022:

Daños causados a la víctima del accidenteAño 2022
Perjuicio particular muy grave107,98 €
Perjuicio particular grave81,00 €
Perjuicio particular moderado56,15 €
Perjuicio personal básico32,40 €


Baremo accidentes 2021 para el latigazo cervical

De nuevo, como ya sucediera en 2020, las pensiones y, por tanto, las indemnizaciones por accidente de tráfico se revalorizan automáticamente un 0,9%, quedando las cuantías que podéis ver a continuación para los principales daños sufridos en accidentes de circulación. (Artículo 49 de la LRCSCVM y Ley 11/2020, de 30 de diciembre de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021)

Estas son las indemnizaciones diarias 2021:

Daños causados a la víctima del accidenteAño 2021
Perjuicio particular muy grave105,35 €
Perjuicio particular grave79,02 €
Perjuicio particular moderado54,78 €
Perjuicio personal básico31,61 €


EL BAREMO EN 2020


Debido a que la Ley de Presupuestos Generales del Estado no ha sido aprobada antes del primer día del presente ejercicio económico, el Real Decreto-ley 1/2020, de 14 de enero, por el que se establece la revalorización y mantenimiento de las pensiones y prestaciones públicas del sistema de Seguridad Social, establece en el artículo 1.2 un incremento de las pensiones del 0,9 por ciento.

Además, se ha incrementado el salario minimo ( Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero), que para 2020, aumentó su importe hasta los 950 €/mes , esto tiene incidencia en las  Tablas 2.C.3 (Indemnizaciones de ayuda de terceras personas), 2.C.7 (Lucro cesante por incapacidad ABSOLUTA de lesionados pendientes de acceder al mercado laboral) y 2.C.8 del Baremo (Lucro cesante por incapacidad TOTAL de lesionados pendientes de acceder al mercado laboral) en vigor.

Puedes consultar el Baremo en el Boe pero ten en cuenta que sólo un abogado de accidentes lo interpretará bien, y que, como fue publicado en 2015 se han ido actualizando sus cuantías año a año.

Cuantías básicas del Baremo 2020 por accidente de tráfico para lesiones temporales

Cuantias de las indemnizaciones segun el baremo 2020

  • Día de perjuicio muy grave = 104,41€
  • Día de perjuicio grave = 78,31€
  • Día de perjuicio moderado = 54,29€
  • Día de perjuicio básico = 31,33€
Es posible, y debes estar muy atento, que tu compañía de seguros te haga una oferta en base a estas cantidades, por ejemplo, como has estado 15 días de baja laboral te corresponden 15*54,29 € = 814,35€ 

Y podría ser así, de no ser porque hay muchas otras cantidades a tener en cuenta, especialmente si has tenido que estar algún día hospitalizado, si has tenido que someterte a alguna operación quirúrgica, o si has tenido menos ingresos de tu trabajo a causa del accidente y puedes acreditarlos, si te ha dejado algún tipo de secuela física o psicológica, de tu edad....

Todos estos aspectos los contempla el Baremo en más de 500 páginas, por lo que, es muy conveniente y recomendable, buscar asesoramiento de un abogado especilista en accidentes de tráfico, y no vale cualquier abogado, tiene que ser ESPECIALIZADO EN ACCIDENTES. Podéis escoger los que aquí os recomiendo, o bien otros, pero lo más importante es que realmente sean profesionales con "callo", que sepan no sólo interpretar el baremo correctamente, sino que conozcan las "triquiñuelas" que habitualmente utilizan las compañías de seguros para tratar de pagar menos a sus asegurados.

Nuestro consejo es que, desde el momento del accidente, llaméis a abogados especializados en accidentes de tráfico.


Teléfonos de contacto de la empresa Indemnización por Accidente (pulsa para llamarles)

91 737 11 10 (Madrid y Resto de España)
- 93 414 73 20 (Cataluña)

Atienden casos de Toda España y Portugal, por lo que son ideales también si tienes un accidente de cualquier tipo en el país vecino.


¿Qué artículo del Baremo se utiliza en el cálculo de una indemnización por esguinces cervicales?


indemnizacion por traumatismos leves de la columna vertebral
Si el coche no tiene daños, el seguro podría tratar de no indemnizarte
Hoy os vamos a hablar de uno de los artículos más importantes del Baremo 2016 para accidentes de tráfico que más afecta a las víctimas de accidentes de tráfico con esguince cervical y en el que se están escudando las compañías de seguro para pagar mucho menos de lo que deberían y, por supuesto, menos de lo que pagaban con el anterior Baremo. 

Vamos a verlo en detalle en este post analizando el artículo 135 más en detalle, porque este, aunque no es el único que se aplica en el caso de sufrir un esguince cervical, como decíamos, sí es el que se utiliza por parte de las aseguradoras para evitar pagar las indemnizaciones que en verdad nos corresponderían.


Artículo 135 Indemnización por traumatismos menores de la columna vertebral

articulo 135 del baremo de accidentes de trafico
Detalle del artículo 135 en el Baremo publicado en el BOE
1. Los traumatismos cervicales menores que se diagnostican con base en la manifestación del lesionado sobre la existencia de dolor, y que no son susceptibles de verificación mediante pruebas médicas complementarias, se indemnizan como lesiones temporales, siempre que la naturaleza del hecho lesivo pueda producir el daño de acuerdo con los criterios de causalidad genérica siguientes:

a) De exclusión, que consiste en que no medie otra causa que justifique totalmente la patología.
b) Cronológico, que consiste en que la sintomatología aparezca en tiempo médicamente explicable. En particular, tiene especial relevancia a efectos de este criterio que se hayan manifestado los síntomas dentro de las setenta y dos horas posteriores al accidente o que el lesionado haya sido objeto de atención médica en este plazo.
c) Topográfico, que consiste en que haya una relación entre la zona corporal afectada por el accidente y la lesión sufrida, salvo que una explicación patogénica justifique lo contrario.
d) De intensidad, que consiste en la adecuación entre la lesión sufrida y el mecanismo de su producción, teniendo en cuenta la intensidad del accidente y las demás variables que afectan a la probabilidad de su existencia.

2. La secuela que derive de un traumatismo cervical menor se indemniza sólo si un informe médico concluyente acredita su existencia tras el período de lesión temporal.

3. Los criterios previstos en los apartados anteriores se aplicarán a los demás traumatismos menores de la columna vertebral referidos en el baremo médico de secuelas.


Conclusiones acerca de las indemnizaciones por esguince cervical con el baremo


Del artículo anterior, que hemos reproducido íntegro y tal cual, por su interés, podemos deducir varias cosas muy importantes si sufrimos un accidente con un latigazo cervical.

Las aseguradoras se escudarán en los pocos daños que en el coche suelen producir estos accidentes, sí, para decir que no hay una relación causal entre el daño que tiene el coche y el esguince cervical que sufrimos, cuando está demostrado que un golpe mínimo puede causar importantes latigazos cervicales...
  • Acude siempre al médico de urgencias ante la mínima molestia, un informe médico de urgencias puede significar la diferencia entre obtener una indemnización de unos pocos cientos de euros a obtener varios miles...
  • Hazlo dentro de las 72 horas posteriores al accidente, (Art. 135, 1-b)
Estos dos aspectos son fundamentales, imaginaos que os dan un golpe por detrás estando parados en un semáforo, se trata de un golpe leve pero que os ha pillado despistados al volante, por lo que, vuestro cuello, ha sufido una extensión y contracción, pero al vehículo apenas le ha dejado una marca o ni siquiera eso...

Si no vais a urgencias, llegará el perito de la compañía, mirará los daños causados al coche, determinará que no hubo suficiente intensidad y te darán una miseria, mientras que tu, con un dolor de verdad, a lo mejor te tiras más de un mes de baja en tu trabajo...

En cambio, si has acudido al médico en los momentos posteriores al accidente y estos determinan en un informe que se aprecia una contractura importante en los músculos del cuello o zona cervical, o mejor aún, si te han realizado una prueba con Rayos X y en la misma se aprecia una rectificación cervical, no podrán escudarse en dicha intensidad, pues la lesión está objetivada por un médico.

Igual de importante es contar con los correspondientes informes médicos del tratamiento de rehabilitación y posterior, que determinen que efectivamente nos queda una secuela producida por el accidente.
.

Lo primero que me gustaría aclararos es que si habéis tenido un accidente este año, o lo tuvisteis a finales del pasado  y se os ha "curado" este, tendréis que exigir al seguro que os abone las cantidades estipuladas y actualizadas para el baremo de accidentes, hablamos de incrementos pequeños respecto al año pasado, pero, si tenéis derecho a esos incrementos, que no redondee la aseguradora a la baja para pagaros menos...

Por tanto, lo primero que tenéis que tener claro es que los accidentes ocurridos el año pasado o cuyas lesiones se han estabilizado este mismo año os tienen que pagar con el baremo actualizado.

¿QUIERES SABER SI TIENES DERECHO A UNA INDEMNIZACIÓN?

En esguince cervical te hemos preparado un pequeño cuestionario que resolverá tu duda en apenas un minuto...


Ejemplo de Indemnización diaria latigazo cervical según el Baremo 


indemnizacion diaria por latigazo cervical

Actualizando los valores de lo que nos tenían que pagar por día en el año 2016 eran de 30 €, 52 €, 75 € y 100 euros respectivamente según el tipo de perjuicio causado, a continuación, las cifras actualizadas para 2018 quedan así:

Perjuicio personal básico: 30,56 € /día

Perjuicio particular moderado: 52,96 €/día

Perjuicio particular grave: 76,38 €/día

Perjuicio particular muy grave: 101,85 €

Hablamos de una miseria de céntimos diarios de incremento,  y como véis, hemos destacado el perjuicio personal moderado, lo hemos hecho porque si sufrimos un esguince cervical, esos 52,26 € es lo que el seguro nos ofrecerá por cada día que estemos de baja, y es que en general, es una lesión impeditiva, por sus síntomas y características.

¿Cómo afecta el Baremo a una indemnización por esguince cervical?

Hay que tener en cuenta que nos van a indemnizar, si lo hacen, por dos aspectos fundamentales, dejamos de lado en este caso hablar de otros aspectos por los que también tenemos derecho a indemnización (daños materiales, lucro cesante, etc) para centrarnos específicamente en la lesión de un esguince cervical y sus secuelas (cervicalgia):

El periodo medio de curación un esguince de este tipo que sea fuerte está en torno a dos meses, si calculamos lo que ha cambiado la indemnización:

- Año: 2016: 60 días por 52 € = 3.120 €
- Año 2018: 60 días x 52,26 € = 3.135,60 €
- Año 2020: 60 días x 52,29= 3257,4 €

Igualmente, las secuelas, en función de los puntos que nos otorguen, se actualizarán con el Baremo de cada año.

CALCULADORA DE INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO

Si has sufrido un accidente de tráfico, puedes usar ahora nuestra calculadora y ver qué importe podrías obtener aproximadamente como indemnización por accidente de tráfico.


¿Cuánto se cobrará por un esguince cervical de media?

la indemnizacion en el 2018 por un esguince cervical
Cada esguince es un mundo y va a depender de la intensidad del mismo y la baja que nos provoque, pero, por hacer una pequeña estimación, podemos decir que la mayoría de esguinces cervicales ocurridos en el año se indemnizarán con cantidades entre los 3000 y los 3.800 €, sin embargo, lo más probable es que, si tramitamos la indemnización directamente con el seguro nos ofrezcan bastante menos o incluso que traten de no pagarnos nada, acogiéndose al artículo 135 que hemos comentado más arriba.

"Un abogado especializado e independiente os conseguirá indemnización accidente mucho mayor"
Por eso, una vez más, y aún resultando pesado, os insisto en reclamar con abogados especializados como los de indemnización por accidente, han ganado ya varias sentencias a las aseguradoras cuando estas NO QUERÍAN PAGAR NADA acogiéndose al artículo anterior, ellos  pelean por obtener la máxima indemnización ¿por qué? porque es lo único que te cobran, un porcentaje pactado contigo de la misma, suele ser el 15 % y, como además, los seguros incluyen protección jurídica, esos 450 o 600 euros, dependiendo de la cuantía, estarán siempre cubierta por el seguro y tu pagarás 0 € y tendrás la mejor defensa y totalmente INDEPENDIENTE DEL SEGURO (y del abogado que ellos te recomienden y que yo recomendaría evitar, por si acaso está tentado de no morder la mano que le da de comer...)

Espero que esta información del baremo os sea verdaderamente de utilidad y le saquéis provecho para obtener lo que es justo. 

Podéis dejar vuestras dudas o preguntas en los comentarios o en mi Twitter o página de google plus, trataré de responderos lo antes posible.


Teléfonos de contacto de la empresa Indemnización por Accidente (pulsa para llamarles)

91 737 11 10 (Madrid y Resto de España)
93 414 73 20 (Cataluña)


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